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Tratamiento de categorías especiales de datos (I)

El artículo 9 del RGPD establece una protección para los datos sensibles, garantizando que solo se traten con estrictas condiciones legales.

Los datos personales considerados de categorías especiales son aquellos que revelan información particularmente sensible sobre las personas:

  1. Origen racial o étnico: Información que revela la raza, etnia, o nacionalidad de una persona.
  2. Opiniones políticas: Datos relacionados con la afiliación o actividades políticas.
  3. Convicciones religiosas o filosóficas: Creencias religiosas, filosóficas o espirituales de una persona.
  4. Afiliación sindical: Información sobre la pertenencia a un sindicato.
  5. Datos genéticos: Información relacionada con las características genéticas de una persona, como resultados de pruebas genéticas.
  6. Datos biométricos: Características físicas, fisiológicas o de comportamiento que permiten la identificación única de una persona, como huellas dactilares, reconocimiento facial o iris.
  7. Datos de salud: Información relacionada con la salud física o mental de una persona, incluidos historiales médicos o diagnósticos.
  8. Vida sexual u orientación sexual: Datos sobre la vida sexual, prácticas sexuales, o preferencias sexuales de una persona.

El artículo 9 del RGPD establece una protección para los datos sensibles, garantizando que solo se traten con estrictas condiciones legales.