Tratamiento de imágenes con grabación de vídeo y audio con fines de seguridad en entornos educativos (III)
¿Qué información hay que ofrecer a los interesados en los tratamientos?
Es necesario informar al alumnado, progenitores o tutores del tratamiento de datos efectuados y las finalidades a las cuales se destinarán estas imágenes conforme a los artículos 12 RGPD “transparencia de la información, comunicación y modalidades de ejercicio de los derechos del interesado”, art. 13 RGPD “información que deberá facilitarse cuando los datos personales se obtengan del interesado” y art.14 RGPD “información que deberá facilitarse cuando los datos personales no se hayan obtenido del interesado” del RGPD.
El cartel de zona videovigilada debe informar sobre la existencia del tratamiento de datos, identificar al responsable del tratamiento (nombre, dirección y datos de contacto), indicar la posibilidad de ejercer los derechos de protección de datos (acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación), y señalar dónde obtener información adicional detallada sobre el tratamiento.