Principios fundamentales de protección de datos (I)
El artículo 5 del RGPD establece principios esenciales para el tratamiento de datos personales, cuya observancia es obligatoria y su incumplimiento puede resultar en sanciones graves.
En este articulo y siguientes trataremos un aspecto fundamental en la aplicación del RGPD tanto por parte de responsables del tratamiento como encargados del tratamiento.
El artículo 5 del RGPD establece los principios fundamentales que deben regir todo tratamiento de datos personales. Estos principios son esenciales para garantizar el respeto a los derechos de los interesados y la licitud del tratamiento. Su cumplimiento no es optativo: constituye una obligación legal para el responsable y, por extensión, para el encargado del tratamiento. El incumplimiento puede derivar en sanciones graves recogidas en el RGPD.
Los Principios del artículo 5.1 del RGPD que iremos abordando en sucesivos boletines son los siguientes:
- Licitud, lealtad y transparencia
- Limitación de la finalidad
- Minimización de datos
- Exactitud
- Limitación del plazo de conservación
- Integridad y confidencialidad.
El artículo 5.2 del RGPD establece, además, que el responsable del tratamiento debe cumplir con los principios anteriores y ser capaz de demostrar dicho cumplimiento, promoviendo la responsabilidad proactiva.
El artículo 5 del RGPD establece principios esenciales para el tratamiento de datos personales, cuya observancia es obligatoria y su incumplimiento puede resultar en sanciones graves.