No se podrá usar numeración móvil para atención al cliente y ofrecer servicios a potenciales clientes: ¿afecta a mi negocio?
Para hacer llamadas comerciales no solicitadas es obligatorio contar con el consentimiento previo del destinatario, según establece la normativa vigente en materia de protección de datos.
La Orden TDF/149/2025, de 12 de febrero, por la que se establecen medidas para combatir las estafas de suplantación de identidad a través de llamadas telefónicas y mensajes de texto fraudulentos, establece que no se puede utilizar numeración móvil para servicios de atención al cliente ni para la realización de comunicaciones comerciales no solicitadas. Esta medida, recogida en el artículo 9 de esta Orden, se aplica sin distinción del sector o tamaño empresarial, lo que implica que afecta tanto a grandes compañías como a pequeños negocios.
La norma solo aplica a las llamadas de voz, a los mensajes breves de texto y a los mensajes con contenido multimedia.
El objetivo principal de esta regulación es reforzar la confianza del consumidor, facilitando la identificación del emisor de la llamada y reduciendo el riesgo de suplantaciones de identidad o fraudes telefónicos. La numeración móvil, por su naturaleza, dificulta esta trazabilidad.
Para cumplir con la norma, las empresas deben emplear numeración geográfica (como los teléfonos fijos con prefijos provinciales) o bien numeración específica para atención al cliente, como los números 800 o 900. Estos últimos, además de ser fácilmente reconocibles, permiten a los usuarios devolver la llamada sin coste. Todas las entidades, cualquiera que sea su actividad, han de revisar sus canales de comunicación.
Para hacer llamadas comerciales no solicitadas es obligatorio contar con el consentimiento previo del destinatario, según establece la normativa vigente en materia de protección de datos.