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Evaluación de la intervención humana en las decisiones automatizadas

Si la decisión basada en el tratamiento automatizado es necesaria para la celebración de un contrato el interesado debe tener derecho a expresar su punto de vista.

En la página web de la AEPD, en el apartado de Innovación y Tecnología, podemos encontrar información relevante sobre las últimas novedades relativas a la responsabilidad proactiva. 

El responsable debe evaluar el tratamiento de los datos personales basado únicamente en decisiones automatizadas. En este documento se recoge un ejemplo de decisión automatizada en el caso de que la paga que recibe el trabajador, por cada turno, se tome automáticamente haciendo referencia exclusivamente a los datos recopilados sobre su productividad.

Para garantizar la aplicación de estos tratamientos debe de realizarse una evaluación del grado de participación humana. La AEPD da las siguientes indicaciones:

1º Competencia y autoridad: La persona debe tener la autoridad o tarea asignada que le permita alterar el resultado de la decisión automatizada.

2º Preparación y formación: Se debe tener una formación y entrenamiento necesario para conocer las peculiaridades concretas en los contextos reales de la operación.

3º Independencia y diligencia: Evaluar si existen presiones desde la organización o desde fuera que condicionen la decisión.

4º Medios: La entidad debe poner los medios para poder ejercer su competencia y cualificación.

Si la decisión basada en el tratamiento automatizado es necesaria para la celebración de un contrato el interesado debe tener derecho a expresar su punto de vista.